La adjudicataria del transporte sanitario urgente deberá lavar la ropa de sus trabajadores

El Juzgado de lo Social de Huesca ha impuesto medidas cautelares a la empresa adjudicataria del servicio de transporte sanitario urgente en la provincia, para que se encargue de lavar y desinfectar la ropa de sus trabajadores. El auto, contra el que cabe recurso de reposición, da respuesta a una de las reivindicaciones históricas del sector, y afecta directamente a trabajadores de La Jacetania y el Alto Gállego.

TRANSPORTE SANITARIO. Hasta ahora, los trabajadores debían lavar su ropa de trabajo en casa.
TRANSPORTE SANITARIO. Hasta ahora, los trabajadores debían lavar su ropa de trabajo en casa.

«Al igual que en el transporte sanitario programado de Huesca y en el urgente de Teruel, el Juzgado de lo Social de Huesca obliga a Acciona -adjudicataria del transporte urgente de Aragón- al lavado y desinfección de la ropa de trabajo, tal como dicta el R.D.
664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos»
, explica el Comité de Empresa en una nota de prensa.

Normativa sobre ropa y equipos de protección

El comunicado hace referencia al artículo 7 de esta normativa, que recoge que, «al salir de la zona de trabajo, el trabajador deberá quitarse las ropas de trabajo y los equipos de protección personal que puedan estar contaminados por agentes biológicos y deberá guardarlos en lugares que no contengan otras prendas».

Asimismo, el decreto también recoge específicamente -recuerda el comunicado- que «el empresario se responsabilizará del lavado, descontaminación y, en caso necesario, destrucción de la ropa de trabajo y los equipos de protección a que se refiere el apartado anterior, quedando rigurosamente prohibido que los trabajadores se lleven los mismos a su domicilio para tal fin. Cuando contratase tales operaciones con empresas idóneas al efecto, estará obligado a asegurar que la ropa y los equipos se envíen en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias precisas».

Reclaman a la empresa de transporte sanitario urgente que ponga «los medios necesarios de seguridad e higiene»

Los afectados recuerdan que, «pese a lo recogido en la ley sobre la protección de los trabajadores expuestos a agentes infectocontagiosos, la empresa no ha puesto los medios necesarios de seguridad e higiene poniendo en riesgo la salud e incluso la vida de trabajadores y sus propias familias».

El auto judicial requiere a la parte demandada que «realice las gestiones adecuadas para que los trabajadores de la misma que presten servicios de transporte urgente de enfermos y accidentados por ambulancia no tengan que ocuparse, en ningún caso y mientras dure la situación actual de pandemia a consecuencia de la difusión del Covid-19, de la limpieza de la ropa de trabajo, debiendo la empresa de ocuparse de su limpieza y desinfección, de tal forma que dicha ropa nunca sea llevada por los trabajadores a su domicilio». Igualmente, indica que debe facilitarse un jugo de ropa completo, limpio y desinfectado a cada trabajador «con carácter previo al inicio de cada turno de trabajo».

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